Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
11-12-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131211-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4

105
Juicio verbal 1.053 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Esther Somoza Hernández, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 4 (anterior mixto número 7) de Torrejón de Ardoz.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal bajo el número 1.053 de 2011, a instancias de comunidad de propietarios de “Ciudad Santo Domingo”, de Algete, contra “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, y en los que se ha dictado sentencia de fecha 17 de octubre de 2012, cuyo fallo es el siguiente:

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora señora de Lope Amor, en nombre y representación de comunidad de propietarios “Ciudad de Santo Domingo”, de Algete, contra “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, condenando a la demandada a abonar a la actora 839 euros de cuotas y gastos de comunidad, más 78,89 euros de intereses de demora hasta el 15 de diciembre de 2011, lo que hace un total de 918,15 euros, más intereses de demora al tipo pactado del 12 por 100 anual desde el 16 de diciembre de 2011, y con condena en costas de la misma.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la presente resolución no cabe recurso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre.

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la misma a “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido.

En Torrejón de Ardoz, a 2 de septiembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/8.520/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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