Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
12-12-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131212-109

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

109
Ejecución 237 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 237 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro Díaz Muñoz, don Duvin Ernesto Grisales, don Felipe Velázquez Monge, don Ioan Nicula, don Mario Pérez Ospina, don Miguel Ángel Fuentes Muñoz y don Miguel Ángel Sánchez Martín, frente a “Track Señalizaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 14 de octubre de 2013 y diligencia de ordenación de fecha 11 de noviembre de 2013, cuyas partes dispositiva son las siguientes:

Dispongo: Despachar orden general en la ejecución número 237 de 2013 a favor de la parte ejecutante don Miguel Ángel Sánchez Martín, don Duvin Ernesto Grisales, don José Luis Olalla del Amo, don Felipe Velázquez Monge, don Mario Pérez Ospina, don Álvaro Díaz Muñoz, don Miguel Ángel Fuentes Muñoz y don Ioan Nicula, frente a “Track Señalizaciones, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 320.408,58 euros en concepto de principal, más otros 19.224,51 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 32.040,85 euros para las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra este auto que resuelve la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición, ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada.

Así lo acuerda y firma su señoría don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Acuerdo: Expídase el correspondiente testimonio del auto de insolvencia dictado en los autos número 763 de 2012, ejecución número 115 de 2013, de este Juzgado, contra la empresa “Track Señalizaciones, Sociedad Limitada”, para su unión a las actuaciones.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Por recibido el anterior escrito presentado por el letrado don Luis Fernando Luján de Frías en fecha 24 de octubre de 2013 y devueltas diligencia de notificación del Servicio Común de Actos de Comunicación y Ejecución de Madrid en fecha 11 de noviembre de 2013 y consulta domiciliaria realizada a través del Punto Neutro Judicial de la ejecutada, se unen a los autos de su razón, y acuerdo:

En relación al escrito presentado por la parte actora se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo.

Siendo negativa la diligencia de notificación a la ejecutada, y consultada la base de datos del Registro Mercantil Central, el domicilio que consta en dicho Registro es el mismo en el que se han intentado practicar la diligencia de notificación con el resultado negativo que obra en las actuaciones, y desconociéndose otro domicilio en el que poder practicar la diligencia de notificación a “Track Señalizaciones, Sociedad Limitada”, procédase a notificar, conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

No constando en las actuaciones la notificación del auto de ejecución y del decreto de embargo de fecha 14 de octubre de 2013 a la empresa ejecutada, se procede a su notificación conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Track Señalizaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.701/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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