Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
12-12-2013

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131212-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Modificación ordenanzas

El Ayuntamiento Pleno de Leganés, en sesión celebrada el 10 de diciembre de 2013, adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente la modificación de las ordenanzas que se detallan a continuación:

— Número 1. Ordenanza general de gestión y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público.

— Número 2. Ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles.

— Número 4. Ordenanza fiscal del impuesto del incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana.

— Número 7. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por comprobación administrativa de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas.

— Número 11. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos.

— Número 14. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pudiendo presentar alegaciones y reclamaciones durante el plazo de treinta días, los que se consideren interesados.

Los expedientes se encuentran en el Servicio de Atención al Ciudadano de este Ayuntamiento (edificio “Casa del Reloj”, avenida de Gibraltar, número 2).

Si durante el mencionado plazo no se presentasen reclamaciones se entenderán definitivamente aprobadas las modificaciones y definitivamente adoptados los acuerdos.

Leganés, a 10 de diciembre de 2013.—El alcalde-presidente, Jesús Gómez Ruiz.

(03/40.198/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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