Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131214-39

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

39
Procedimiento 781 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 781 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Alegre Lacunza y doña María del Carmen Berjaga Bustamante, frente a “Akerland, Sociedad Limitada”, y don Javier Gaspar Ruiz, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 18 de octubre de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para dar cuenta del escrito presentado por don Jorge Alegre Lacunza y doña María del Carmen Berjaga Bustamante en fecha 11 de octubre de 2013, en el que se solicita diligencias en relación con la prueba a practicar en el acto del juicio señalado para el día 20 de enero de 2014.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 18 de octubre de 2013.

Parte dispositiva:

Ha lugar a la práctica de las diligencias de prueba interesadas por la parte demandante y, en su consecuencia, se acuerda:

Visto el contenido de la prueba documental solicitada (con carácter anticipado) se accede, pero de conformidad con los artículos 32 y 33 del Código de Comercio, por lo cual se requiere a la empresa para que con una antelación mínima de quince días a la fecha del juicio señale día y hora al objeto de que los demandantes puedan en la sede de la mercantil proceder al examen de la documental propuesta en la demanda, por lo cual podrán acudir acompañados del profesional o profesionales que estimen necesario.

Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con lo acordado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2508/0000/61/0781/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Segura Rodríguez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Akerland, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.026/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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