Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
16-12-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131216-140

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

140
Ejecución 246 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 246 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Clorinda Gaby Cucho Huamani, doña Dina Huarhua Luicho, doña Gloria Carmona Toro, doña Latifa Chahed, doña María Díez Amo, doña María José Cárdenas Castaño, doña María Rosario Barreto Llivizaca, don Mohamed Nouini, doña Najat el Khattabi y doña Yrene Lidia Huarhua Luycho, frente a “Sierrasalud, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto y decreto de fecha 14 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto de 14 de noviembre de 2013

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Dina Huarhua Luicho, doña Gloria Carmona Toro, doña Najat el Khattabi, doña María Díez Amo, doña María Rosario Barreto Llivizaca, doña Latifa Chahed, doña Clorinda Gaby Cucho Huamani, doña Yrene Lidia Huarhua Luycho, don Mohamed Nouini y doña María José Cárdenas Castaño, frente a la demandada “Sierrasalud, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 305.877,51 Euros, más 18.353 euros y 30.587 euros de intereses y costas calculados respectiva y provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Correspondiendo a cada trabajador del total del principal las siguientes cantidades que se relacionan a continuación:

A doña Dina Huarhua Luicho un importe de 73.202,23 euros.

A doña Gloria Carmona Toro un importe de 27.040,40 euros.

A doña María José Cárdenas Castaño un importe de 44.979,89 euros.

A don Mohamed Nouini un importe de 11.509,90 euros.

A doña Najat el Khattabi un importe de 17.341,38 euros.

A doña María Díez Amo un importe de 24.092,29 euros.

A doña Latifa Chahed un importe de 31.359,35 euros.

A doña María Rosario Barreto Llivizaca un importe de 20.937,55 euros.

A doña Clorinda Gaby Cucho Huamani un importe de 23.997,42 euros.

A doña Yrene Lidia Huarhua Luycho un importe de 31.417,10 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad “Banesto” 2808-0000-00-0171-13.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el ilustrísimo señor magistrado-juez don José Antonio Capilla Bolaños.

Decreto de 14 de noviembre de 2013

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banesto” número 2808-0000-00-0171-13.

Así lo acuerdo y firmo, doy fe.—La secretaria judicial, María Blanca Galache Díez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sierrasalud, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.161/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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