Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
16-12-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131216-69

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

RÉGIMEN ECONÓMICO

69
Presupuesto general 2014

De conformidad con lo establecido en los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se hace público que, habiéndose presentado las correspondientes reclamaciones en el plazo establecido para ello, y resueltas las mismas, el presupuesto general de 2014 ha sido definitivamente aprobado por el Pleno, en sesión celebrada el 4 de diciembre de 2013.

Y por ello, en virtud de lo establecido en la citada normativa, se publica dicho presupuesto resumido por capítulos, así como la plantilla de personal.







Por otra parte, atendiendo a lo estipulado en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace saber que contra la aprobación definitiva del presupuesto, los interesados podrán interponer directamente, si así lo estiman procedente, recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción. El Tribunal de Cuentas deberá informar previamente a la resolución del recurso cuando la impugnación afecte o se refiera a la nivelación presupuestaria. No obstante lo anterior, la interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto definitivamente aprobado por la Corporación.

En Collado Mediano, a 5 de diciembre de 2013.—La alcaldesa, María Rubio Sadia.

(03/39.742/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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