Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131217-238

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

238
Despido 326 de 2013

EDICTO

Don Pedro Fidel Lagunas Domínguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 326 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilian Greurus, contra la empresa “Joselupama, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 498 de 2013

En Cuenca, a 9 de octubre de 2013.—Vistos por doña María Elena Rivera Ochandio, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social de Cuenca, los autos del procedimiento de extinción del contrato de trabajo seguidos ante este Juzgado bajo el número 326 de 2013, a instancias de don Emilian Greurus, asistido por la letrada doña Ana Belén Palomares Domínguez, contra la empresa “Joselupama, Sociedad Limitada”, que no ha comparecido.

Fallo

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por don Emilian Greurus, asistido por la letrada doña Ana Belén Palomares Domínguez, contra la empresa “Joselupama, Sociedad Limitada”, que no ha comparecido, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a esta a abonar al demandante la cantidad de 3.105,36 euros, con los intereses establecidos en el fundamento quinto, absolviéndole del resto de pretensiones formuladas de contrario, sin pronunciamiento en materia de costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo social, debiendo anunciarse previamente el mismo ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación. Adviértase a la empresa demandada de que para recurrir deberá acreditar haber ingresado la cantidad de 300 euros en la cuenta corriente de este Juzgado de lo social número 1 abierta en la entidad “Banesto”, de esta ciudad, con la identificación “Recursos de suplicación” y número 0030/1846/42/0005001274, concepto 1619000069032613, y la consignación, en su caso, de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de este Juzgado en la misma entidad bancaria, con identificación “Depósitos y consignaciones” y mismo número de cuenta y concepto.

Así por esta sentencia lo pronuncia, manda y firma doña María Elena Rivera Ochandio, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social de Cuenca y su partido judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Joselupama, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el “Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 9 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/38.211/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131217-238