Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131217-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

107
Procedimiento 297 de 2012

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.

Hace saber: Que en dicho tribunal se tramita procedimiento de divorcio contencioso número 297 de 2012, a instancias de doña Pierrette Bouverat Etienne, contra don Gueorgui Stankov Guenkov, se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 102

Magistrada-juez de primera instancia, doña María Serantes Gómez.—En Madrid, a 18 de febrero de 2013.

Parte demandante, doña Pierrette Bouverat Etienne, con abogado sin profesional asignado y procurador don Alberto Martínez Rivera, y parte demandada, don Gueorgui Stankov Guenkov, con abogado sin profesional asignado y procurador sin profesional asignado, siendo objeto del juicio otras materias.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador don Alberto Martínez Rivera, en nombre y representación de doña Pierrette Bouverat Etienne, frente a don Gueorgui Stankov Guenkov, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por los cónyuges doña Pierrette Bouverat Etienne y don Gueorgui Stankov Guenkov, celebrado el día 15 de diciembre de 1999 en Madrid, con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado, notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Gueorgui Stankov Guenkov, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Dado en Madrid, a 12 de noviembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/39.244/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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