Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131217-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 3

109
Procedimiento ordinario 972 de 2009

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 972 de 2009 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Arganda del Rey, a 11 de marzo de 2013.—Vistos y oídos por mí, doña María Dolores Anega González, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Arganda del Rey y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, sobre reclamación de cantidad, seguidos por este Juzgado bajo el número 972 de 2009, a instancias de la mercantil “Laranzor, Sociedad Limitada”, que comparece representada por el procurador don José Ignacio Osset Rambaud y bajo la dirección letrada de don Juan José Azcárate Olano, contra la entidad “Ámbito, Consultoría e Ingeniería, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal, se procede a dictar la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la mercantil “Laranzor, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Osset Rambaud, contra la entidad “Ámbito, Consultoría e Ingeniería, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la demandada al pago a la actora de la cantidad de 138.939 euros en concepto de principal, más los intereses legales devengados desde el día 14 de abril de 2009, con expresa imposición de las costas ocasionadas en la tramitación del presente procedimiento a la demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Ámbito, Consultoría e Ingeniería, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Arganda del Rey, a 18 de noviembre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/8.611/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131217-109