Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2013

Sección 2.111.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131217-49

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Servicio Público de Empleo Estatal

Subdirección General de Políticas Activas de Empleo

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Resolución expediente subvención formación continua

La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal ha dictado resolución de 28 de mayo de 2013, que acuerda declarar responsable subsidiario a don Armando Fallola García, con DNI 2861122-Z, de la obligación de reintegrar la cantidad de 160.244,11 euros, referente al expediente de subvención de formación continua F20036636, correspondiente a la deudora principal “Opracolex Organización de Productores de Aceite”, con CIF 06110985.

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio (calle San Bernardino, número 107, apt. 407, 28015 Madrid), ha sido devuelto por el servicio de Correos como desconocido, por lo que se procede a su publicación, conforme al artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El interesado tiene a su disposición una copia íntegra de la citada resolución en las dependencias de la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo del Servicio Público de Empleo Estatal, calle Torrelaguna, número 56, 28027 Madrid.

La deuda declarada deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la cuenta 9000 0001 20 0203405113 del “Banco de España”, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal (INEM), en el plazo de quince días a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, con indicación expresa del número de expediente a que se refiere.

De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Contra la citada resolución el interesado podrá interponer recurso de alzada ante el ministro de Trabajo e Inmigración el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en la disposición adicional undécima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La interposición de recurso de alzada no suspende la ejecución de la obligación de reintegro.

Madrid, a 30 de septiembre de 2013.—La subdirectora general adjunta de Políticas Activas de Empleo, Begoña Arranz Sebastián.

(02/8.119/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.111.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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