Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131217-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

188
Ejecución 135 de 2013

EDICTO

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 135 de 2013, de este Juzgado de Social, seguido a instancias de don José Luis Novillo Puertas, frente a “Palace América, Sociedad Limitada” y “Reformas, Obras y Presupuestos, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución en fecha 15 de noviembre de 2013:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 1.834,66 euros de principal, 110,08 de intereses y 183,5 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado “Palace América, Sociedad Limitada” y “Reformas, Obras y Presupuestos, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense provisionalmente las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días dese su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banesto” número 2802-0000-64-0135-13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Palace América, Sociedad Limitada” y “Reformas, Obras y Presupuestos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula de la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 15 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial, Elena Mónica de Celada Pérez.

(03/38.235/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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