Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
18-12-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131218-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

126
Procedimiento ordinario 462 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 462 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diego de la Pena Carpallo, frente a “Coloreat Total, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 402 de 2013

En Madrid, a 18 de noviembre de 2013.—Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 462 de 2013, seguidos entre las partes: de una, como demandante don Diego de la Pena Carpallo, asistido por el letrado señor Corral Marín, y de la otra, como demandada, la empresa “Coloreat Total, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobre cantidad.

Vistos los anteriores preceptos y en nombre de Su Majestad el Rey,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Diego de la Pena Carpallo, debo condenar y condeno a la empresa “Coloreat Total, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 5.618,24 euros, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora; debiendo absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Coloreat Total, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.309/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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