Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
18-12-2013

Sección 1.3.190.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131218-15

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2013, del Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se aprueba la creación de un fichero que contiene datos de carácter personal de esta Universidad.

La existencia de ficheros de carácter personal y los avances tecnológicos, singularmente los informáticos, suponen posibilidades de intromisión en el ámbito de la privacidad, así como limitación y vulneración del derecho de autodisposición de las informaciones que son relevantes para cada persona. Es por ello que el ordenamiento jurídico reconoce derechos en este campo y ofrece mecanismos para su garantía.

El derecho fundamental al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, garantizado por el artículo 18 de la Constitución española ha sido regulado, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, entre otras disposiciones, por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 14), de protección de datos de carácter personal (que transpone la directiva 95/46 CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre), y Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley y en el que se regula el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

En virtud de los artículos 2.1 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y 2 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, también citado, ambas normas son de aplicación a los ficheros creados y gestionados por, entre otras instituciones, las universidades públicas.

De acuerdo con el derecho fundamental a la autonomía universitaria proclamado en el artículo 27.10 de la Constitución española, regulada en los términos de, entre otros preceptos, el artículo 2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 24), de Universidades, la competencia para aprobar, modificar y suprimir los ficheros que contengan datos personales es atribuida a las universidades públicas por el artículo 53.3 del referido Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Lo cual ha de hacerse, en virtud del dicho precepto, mediante acuerdo o resolución del órgano competente para aprobar disposiciones de carácter general, de acuerdo con lo establecido en su normativa específica.

La Universidad Politécnica de Madrid es una entidad de derecho público, cuyos estatutos han sido aprobados por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid 74/2010, de 21 de octubre.

Ningún precepto estatuario atribuye a un órgano concreto competencias para aprobar todas las disposiciones de carácter general. Ello no obstante, el Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid es el órgano competente para aprobar el presente Acuerdo, habida cuenta de que, en sintonía con la citada Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, el artículo 44 de los estatutos universitarios establece que el Consejo de Gobierno es el órgano de Gobierno de la Universidad, atribuyéndole la función de establecer las líneas estratégicas y programáticas de la misma.

Por todo lo anteriormente referido,

SE DISPONE

Primero

Publicar la Resolución del Consejo de Gobierno de la Universidad, de 28 de noviembre de 2013, por la que se aprueba la creación de un fichero de datos de carácter personal, perteneciente a la Universidad Politécnica de Madrid, que se recoge en los Anexos de la presente Resolución.

Segundo

La creación de los ficheros afectados por la presente Resolución se realizará contemplando lo establecido en el título VIII del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Tercero

La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de noviembre de 2013.—El Rector, Carlos Conde Lázaro.

ANEXO I

FICHEROS DE NUEVA CREACIÓN

Fichero: PACIENTES DEL LABORATORIO DE NEUROCIENCIA COGNITIVA Y COMPUTACIONAL. CENTRO DE TECNOLOGÍA BIOMÉDICA.

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Pacientes del Laboratorio de Neurociencia Cognitiva y Computacional. Centro de Tecnología Biomédica.

a.2) Finalidad y usos previstos: La finalidad del fichero es la recopilación y gestión del historial clínico de pacientes para facilitar la investigación científica de enfermedades neurológicas y/o psiquiátricas, así como información de los tes clínicos relativos a la enfermedad que padecen. Los resultados obtenidos se darán a conocer a la comunidad científica por medio de publicaciones en revistas especializadas, participación en congresos médicos, científicos, etcétera.

b) Origen de los datos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Ciudadanos y residentes que acceden al Centro, derivados de hospitales de los que son pacientes, así como representantes legales, en su caso.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal, así como otras Administraciones Públicas o entidades privadas.

b.3) Procedimiento de recogida: Formularios tanto en papel como electrónicos.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura y datos identificativos:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, origen racial o étnico y salud.

— Datos de características personales: Datos de familia (antecedentes familiares), fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nacionalidad y lengua materna.

— Datos de circunstancias sociales: Aficiones y estilos de vida.

— Datos académicos y profesionales: Formación, titulaciones y experiencia profesional.

— Datos de detalles de empleo: Categoría/grado y puesto de trabajo.

c.2) Sistema de tratamiento: Mixto, automatizado y manual.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Sí, a entidades sanitarias, centros de investigación, centros docentes y hospitales.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: Sí, Japón y Estados Unidos.

f) Órganos responsables del fichero: Director del Centro de Tecnología Biomédica. Campus Científico y Tecnológico de la Universidad Politécnica de Madrid. Carretera M-40, kilómetro 38, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Director del Centro de Tecnología Biomédica. Campus Científico y Tecnológico de la Universidad Politécnica de Madrid. Carretera M-40, kilómetro 38, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel alto.

(03/40.087/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.190.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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