Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131220-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

114
Procedimiento ordinario 198 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 198 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Ernesto Ibáñez Luján, frente a “CGI Informat Sistems, Sociedad Anónima”, “Global Technologies & Business Consulting España, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la sentencia número 405 de 2013, de fecha 18 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Sentencia número 405 de 2013

En Madrid, a 18 de noviembre de 2013.—Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 198 de 2013, seguidos entre las partes: de una, y como demandante, don Jorge Ernesto Ibáñez Luján, asistido por el graduado social señor Bravo Díaz Murcia, y de la otra, como demandados, “Global Technologies & Business Consulting España, Sociedad Limitada”, “CGI Informat Sistems, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobre cantidad.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Jorge Ernesto Ibáñez Luján, debo condenar y condeno a “Global Technologies & Business Consulting España, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 7.494,57 euros en concepto de salarios y cantidades asimiladas; absolviendo a la demandada “CGI Informat Sistems, Sociedad Anónima”, de los pedimentos formulados en su contra, y debiendo igualmente absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Global Technologies & Business Consulting España, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.674/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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