Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2013

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131220-68

Páginas: 27


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

68
Notificación por comparecencia

No habiendo sido posible realizar la notificación por causas no imputables a este Ayuntamiento, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria, se cita a los obligados tributarios a continuación relacionados, para la notificación por comparecencia del siguiente acto: notificación providencia de apremio.

Concepto tributario: impuesto sobre vehículos tracción mecánica, impuesto bienes inmuebles, basura, impuesto valor terreno naturaleza urbana, tasa entrada vehículos, impuesto actividades económicas, sanciones, tasas ocupación vía pública, p. público mercado municipal.

Se relacionan en la columna denominada “Referencia” mediante la inclusión del número de deuda o bien de la clave que corresponda.

CLAVES

Basura 2009 (11), 2010 (9), 2011 (6), 2012 (7).

Impuesto bienes inmubles 2009 (10), 2010 (8), 2011 (4), 2012 (5).

Impuesto vehículos tracción mecánica 2009 (0), 2010 (1), 2011 (2), 2012 (3).



















































Los interesados deberán comparecer para se notificados en la Recaudación Municipal, órgano responsable del procedimiento referenciado sito en la plaza de la Constitución, sin número, de Galapagar, en el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. De no comparecer la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento de dicho plazo. Contra los actos que motivan los procedimientos referenciados podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la TRLRHL Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.

Galapagar, a 22 de octubre de 2013.—La vicetesorera, María Luisa Esteban Rojo.

(02/7.789/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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