Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2013

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131220-54

Páginas: 9


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

PERSONAL

54
Relación puestos de trabajo

De conformidad con lo establecido en el artículo 74 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, se hace pública mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación de puestos de trabajo de 2014 del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2013 con efectos de 1 de enero de 2014.

Según dispone el artículo 72 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en el marco de sus competencias de autoorganización, las Administraciones Públicas estructuran sus recursos humanos de acuerdo con las normas que regulan la selección, la promoción profesional, la movilidad y la distribución de funciones.

En este mismo sentido, la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, reconoce la autonomía local, así como la potestad de programación y planificación, pudiendo establecer una organización propia, lo que permite a cada entidad implantar su modelo de organización.

Así, y según el artículo 74 del citado Estatuto Básico, las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los Cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.

Por tanto, son las relaciones de puestos de trabajo el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios y se precisan los requisitos para el desempeño de cada puesto.

Desde esta Concejalía se considera que los recursos humanos, las personas, son el activo más importante de la organización, por lo que las estrategias y los criterios generales para su ordenación resultan determinantes para la sostenibilidad de la misma, así como para el mantenimiento de los estándares de calidad de los servicios públicos municipales.

La RPT debe ser un documento vivo, en constante transformación en función de las necesidades existentes, necesidades a las que hay que responder con las soluciones más adecuadas dentro de los límites que marcan las disponibilidades presupuestarias.

A tal fin, por esta Concejalía se promovió la creación de un equipo técnico integrado por funcionarios municipales, encargado de elaborar el catálogo de funciones de los puestos de trabajo integrantes de la RPT, así como la realización de propuestas organizativas de mejora en la estructura municipal, dotadas todas ellas de la objetividad que los propios tribunales de justicia reconocen a éstos órganos técnicos colegiados.

Tras la conclusión de los trabajos del equipo técnico con la elaboración del catálogo de funciones, se ha formulado una serie de propuesta de mejora, que, junto con las efectuadas por las diferentes Concejalías de este Ayuntamiento, se asumen y se incorporan como la justificación necesaria e imprescindible para llevar a cabo todos los cambios y modificaciones que se proponen, una vez llevada a cabo la necesaria negociación con los representantes de los trabajadores, conforme el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público en diferentes reuniones.

Como complemento de lo anterior y con ánimo de objetivar aún más, si cabe, este procedimiento, se ha encargado a un agente externo, ajeno e imparcial, la evaluación del proceso seguido para la obtención de catálogo de funciones, así como el análisis de las diferentes propuestas efectuadas por el equipo técnico, concluyendo con una valoración muy positiva sobre la metodología empleada por el equipo técnico para la formalización del catálogo y coincidiendo con él en las diferentes propuestas de mejora organizativas planteadas.

El equipo de gobierno, responsable de definir e impulsar las políticas que considera más adecuadas para esta Administración Local, presenta esta propuesta de modificación de RPT con la que se pretende adecuar la misma a diversos ajustes que se consideran prioritarios para responder a los proyectos que se encuentran definidos en el programa de gobierno, así como dar continuidad a las medidas de austeridad adoptadas para ofrecer en un mejor servicio a los vecinos de Boadilla del Monte.

Por tanto, se pretende conseguir una actualización de la RPT realista, viable y acorde con la organización actual, sin perjuicio de que, desde esta perspectiva de transformación y adaptación continuas que se plantea, se continúe en el proceso de análisis y estudio de las restantes necesidades departamentales.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.i) y 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en los artículos 126.3 y 129.3 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, propongo que por la Comisión Informativa de Hacienda se dictamine favorablemente para su posterior aprobación por el Pleno:

Primero.—Aprobar el catálogo de funciones de los puestos de trabajo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte que se incorpora como anexo I de la presente resolución.

Segundo.—Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento que se indica en base al anexo II que se acompaña a esta propuesta.

Tercero.—Incorporar las modificaciones efectuadas en el modelo de relación de puestos de trabajo existente en este Ayuntamiento, de acuerdo con los criterios y normas aprobadas por el Área de Personal.

Cuarto.—Remitir copia certificada de la relación de puestos de trabajo de 2014 al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Quinto.—Los efectos económicos y administrativos del presente acuerdo serán de 1 de enero de 2014.















Boadilla del Monte, 2013.—La tercera teniente de alcalde-delegada de Economía, Hacienda, Patrimonio y Personal, Susana Sánchez-Campos Guerrero.

(03/39.993/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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