Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2013

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131220-27

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ANUNCIO de 12 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, dando vista al expediente de deslinde del monte público número 191, “Bomberos de Castilla”, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, propiedad del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco y sito en el término municipal de Torrejón de Velasco (Madrid).

Recibido en esta Dirección General de Medio Ambiente el expediente de deslinde del monte “Bomberos de Castilla” número 191 del Catálogo de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, propiedad del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco y sito en el término municipal de Torrejón de Velasco, se hace saber que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 120 y 121 del Reglamento de Montes, se abre vista del mismo en las oficinas del Área de Desarrollo del Plan Forestal, Dirección General de Medio Ambiente, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, situada en la calle Alcalá, número 16, primera planta, 28014 Madrid, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el “Diario Oficial de la Unión Europea”, para que pueda ser examinado durante este plazo desde las nueve a las catorce horas, por los interesados, admitiéndose durante otros quince días las reclamaciones que se presenten sobre la práctica del apeo o sobre la propiedad de las parcelas que hayan sido atribuidas al monte al realizar aquella operación.

Solo podrán reclamar contra la práctica del apeo los que hayan asistido personalmente, o por medio de representantes, a dicho apeo.

En cuanto a las reclamaciones sobre propiedad se advierte de que solo serán admisibles de haberse presentado los documentos correspondientes en el plazo anterior al apeo (fijado por anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 89, de 16 de abril de 2013, y en el “Diario Oficial de la Unión Europea” número 72, de 15 de abril de 2013), debiendo expresarse en dichas reclamaciones el propósito de apurar mediante ellas la vía administrativa, como trámite previo a la vía judicial.

A fin de no causar indefensión a terceros adquirientes, en caso de trasmitir o haber transmitido algún derecho de los que se integran en su presente titularidad, debería comunicarlo a esta Administración, debiendo informar de la tramitación del presente expediente de deslinde al nuevo titular.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Dada en Madrid, a 12 de diciembre de 2013.—El Director General del Medio Ambiente, Ricardo Riquelme y Sánchez de la Viña.

(03/40.874/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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