Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131226-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

150
Procedimiento ordinario 506 de 2013

EDICTO

Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña Josefa Aguilera del Moral, contra “Autoescuela Orly, Sociedad Limitada”, en materia de resolución de contrato, registrado con el número 506 de 2013, se ha acordado citar a “Autoescuela Orly, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 20 de enero de 2014, a las diez y veinte horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 22, sito en la calle Princesa, número 3, de esta ciudad, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Autoescuela Orly, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 28 de noviembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.488/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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