Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131227-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 16

131
Procedimiento ordinario 1.351 de 2012

EDICTO

Don Juan Manuel Ávila de Encío, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 16 de Madrid.

Doy fe: Que en los autos de juicio ordinario número 1.351 de 2012 se ha dictado sentencia con fecha 28 de octubre 2013, cuya cabecera y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

Vistos por el ilustrísimo señor don Francisco Serrano Arnal, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 16 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 1.351 de 2012, sobre reclamación de cantidad, a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Doctor Castelo, número 24, representada por la procuradora doña Sofía Gutiérrez Figueiras y asistida del letrado don Pedro Antonio Gallego Encinas, contra doña Nazaré Magaz Silio, en situación procesal de rebeldía, en base al siguiente

Fallo

Que estimo la demanda de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad interpuesta por la representación procesal de la comunidad de propietarios de la calle Doctor Castelo, número 24, contra doña Nazaré Magaz Silio, y formulo los siguientes pronunciamientos:

1. Que se condene a la demandada a la cantidad de 12.783,60 euros. Teniendo en cuenta en ejecución que ha sido manifestado por la actora que han sido 5.000 euros que habrán de ser descontados de la cantidad total condenada.

2. Se condena a la demandada al pago de los intereses de demora correspondientes, que serán, de un lado, los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda hasta la sentencia respecto de la cantidad inicialmente reclamada de 7.712,02 euros, y del otro, también legalmente previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil respecto de la cantidad total posteriormente reclamada por vía de acumulación de 12.783,60 euros desde la fecha de la resolución hasta la fecha de pago.

3. La condena en costas a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe el recurso de apelación en el plazo de veinte días que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta sentencia lo pronuncia, manda y firma.—El magistrado-juez titular de primera instancia (firmado).

Diligencia de constancia.—La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha de hoy por el magistrado-juez ha sido entregada en Secretaría la anterior sentencia debidamente firmada en el día de la fecha. Seguidamente se deja certificación literal de la sentencia en los autos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 266 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el artículo 212 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.—Doy fe.

Y para que así conste y sirva de notificación en forma a la demandada declarada en rebeldía y en paradero desconocido doña Nazaré Magaz Silio, expido y firmo el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.—Doy fe.

En Madrid, a 28 de octubre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/8.791/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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