Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131227-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88

156
Procedimiento ordinario 1.978 de 2010

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 1.978 de 2010, seguido a instancias de “BMW Bank, GmbH” (sucursal en España), frente a don Pedro de la Calle Cuesta, se ha dictado la sentencia de fecha 22 de junio de 2012, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 157 de 2012

En Madrid, a 22 de junio de 2012.—Vistos por la ilustrísima señora doña Marta Pérez Arroyo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario tramitados en este Juzgado bajo el número 1.978 de 2010, a instancias de la mercantil “BMW Bank, GmbH” (sucursal en España), representada por el procurador don Virgilio Navarro Cerrillo y asistida de letrado, contra don Pedro de la Calle Cuesta, en situación procesal de rebeldía, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente sentencia:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación procesal de la mercantil “BMW Bank, GmbH” (sucursal en España), contra don Pedro de la Calle Cuesta, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de 24.141,39 euros.

Dicha cantidad deberá actualizarse incluyendo el abono de los intereses moratorios pactados por las partes y que se concretan en el 1,5 por 100 mensual, interés que se incrementará en dos puntos desde la fecha de la presente resolución (artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Las costas del presente procedimiento se imponen a la demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y de que contra ella puede interponerse recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Para la interposición de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso.

Y encontrándose dicho demandado don Pedro de la Calle Cuesta en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Madrid, a 7 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(02/4.448/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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