Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131227-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Ordenanza tasa recogida

Aprobación definitiva de la modificación de ordenanza reguladora de la tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos del municipio de Cercedilla.

No habiéndose presentado durante el plazo de información pública ninguna reclamación al acuerdo adoptado por el Pleno Corporativo de 7 de noviembre de 2013, por el que se procedía a la aprobación del establecimiento de la ordenanza reguladora de la tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos del municipio de Cercedilla, la modificación inicial queda elevada a definitiva en los siguientes términos:

“Artículo 7. Para los inmuebles donde se ejercen actividades económicas:



Como superficie se computará los metros construidos dedicados a la actividad.

En el caso de que en el mismo inmueble se realicen varias actividades gravadas en varias clasificaciones, solo se tributará por aquella que suponga una mayor cuota.

Para las viviendas:



La cifra de los metros cuadrados determinantes de la categoría se obtendrá de la diferencia entre la superficie del inmueble y la superficie construida.

La presente modificación de ordenanza, aprobada por acuerdo del Ayuntamiento adoptado en su sesión plenaria, entrará en vigor y será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2014.

(03/41.756/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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