Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131228-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 7

61
Juicio de faltas 20 de 2013

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 7 de Getafe.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 20 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 112

En Getafe, a 29 de octubre de 2013.—Vistos por doña María de los Ángeles Velázquez Martín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Getafe, los presentes autos de juicio de faltas número 20 de 2013, siendo denunciante el agente de la Policía Local número 566 y don Harold Leandro Bonilla Orozco y don Danny Efraín Vaca Villagrán, en calidad de denunciados, con intervención del ministerio fiscal.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libremente a don Harold Leandro Bonilla Orozco de los hechos que se le imputaban, declarando de oficio las costas procesales.

Que debo absolver y absuelvo a don Danny Efraín Vaca Villagrán de los hechos que se le imputaban por extinción de su responsabilidad penal.

Inclúyase la presente en el libro de sentencias.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, que se preparará ante este Juzgado y del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Danny Efraín Vaca Villagrán, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 25 de noviembre de 2013.— El secretario (firmado).

(03/39.867/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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