Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140103-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

164
Ejecución 202 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 202 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cecilia Moreno Gómez, frente a “Ajardinamientos y Servicios Seralia, Sociedad Anónima”, Ayuntamiento de Pinto, “Conbiene Pinto, Unión Temporal de Empresas”, “Concierto Bienestar, Sociedad Limitada”, “Formastur, Sociedad Anónima”, y “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución de fecha 26 de noviembre de 2013 con la parte dispositiva siguiente:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Cecilia Moreno Gómez, frente a los demandados, parte ejecutada, por la cantidad total de principal de 2.373,74 euros que se divide de la siguiente manera:

Responderán solidariamente de la cantidad de 1.526,97 euros “Formastur, Sociedad Anónima”, “Concierto Bienestar, Sociedad Limitada”, Ayuntamiento de Pinto, “Conbiene Pinto, Unión Temporal de Empresas”, y “Ajardinamientos y Servicios Seralia, Sociedad Anónima”.

Responderán solidariamente de la cantidad de 390,42 euros el Ayuntamiento de Pinto y “Ajardinamientos y Servicios Seralia, Sociedad Anónima”.

Responderá de la cantidad de 456,35 euros la “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, sin perjuicio de la obligación de anticipo de la cantidad de 1.339,57 euros.

Los intereses y costas calculados provisionalmente ascienden a la cantidad de 166,16 euros y 237,37 euros, respectivamente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2515/0000/64/0202/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Paloma Rebate Labrandero.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ajardinamientos y Servicios Seralia, Sociedad Anónima”, “Conbiene Pinto, Unión Temporal de Empresas”, “Concierto Bienestar, Sociedad Limitada”, y “Formastur, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.062/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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