Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140103-220

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

220
Ejecución 3 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 3 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mauricio Díaz Herrera, frente a “Tecdoa, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Por recibido el anterior escrito del letrado del ejecutante de fecha 14 de mayo de 2012, únase a los autos de su razón, y dese traslado de copia a la parte contraria.

Visto su contenido reitérense los oficios a las empresas “Empark Aparcamientos y Servicios, Sociedad Anónima”, y “Napisa, Sociedad Limitada”, con la advertencia de colaborar con la Administración de Justicia.

Requiérase a la ejecutada a fin de que remita al Juzgado copia del contrato o acuerdo rubricado con los Ayuntamientos de Tarancón y de Jerez de la Frontera, declaración tributaria modelo 347 del ejercicio 2012, incluyendo la relación de empresas y los importes facturados con cada una de ellas, así como lista de cuentas bancarias con las que opera en la actualidad, advirtiéndole de su obligación de colaborar con la Administración de Justicia.

En cuanto al oficio del Ayuntamiento de Jerez devuélvase a fin de que sea firmado por el suscribiente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial.—En Madrid, a 2 de septiembre de 2013.

Por recibido el anterior escrito del letrado del actor de fecha 29 de julio de 2013, así como oficio del Ayuntamiento de Tarancón, únase a los autos de su razón.

Visto el contenido del escrito presentado conforme a lo solicitado, requiérase nuevamente a la ejecutada “Tecdoa, Sociedad Limitada”, para que remita al Juzgado copia del contrato o acuerdo rubricado con los Ayuntamientos de Tarancón y Jerez y las mercantiles “Empark Aparcamientos y Servicios, Sociedad Anónima”, y “Napisa, Sociedad Limitada”, declaración tributaria modelo 347 del ejercicio 2012, incluyendo la relación de empresas y los importes facturados con cada una de ellas así como lista de cuentas bancarias con las que opera en la actualidad, advirtiéndole de su obligación de colaborar con la Administración de Justicia.

Habiéndose recibido acuse de correo certificado negativo de la notificación a la ejecutada de las resoluciones de fecha 29 de mayo y 28 de junio de 2013, líbrese exhorto al Juzgado Decano de Las Rozas.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Parte dispositiva:

Se acuerda dejar en suspenso la ejecución despachada por encontrarse la entidad ejecutada “Tecdoa, Sociedad Limitada”, en situación de concurso de acreedores. Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, así como del auto despachando ejecución y de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tecdoa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.903/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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