Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140103-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 6

85
Procedimiento 126 de 2012

EDICTO

En el presente procedimiento número 126 de 2012, seguido a instancias de doña María Fernanda Ballesteros Salazar, frente a don Jackson Róbinson Vascónez Tenezaca, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 189 de 2012

En nombre de Su Majestad el Rey.—En Fuenlabrada, a 13 de julio de 2012.

Vistos por el ilustrísimo señor don José Eduardo Lledó Espadas, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de Fuenlabrada (Madrid), los presentes autos sobre guarda y custodia de menores, alimentos y otras medidas de carácter paterno-filial, seguidos en este Juzgado con el número 126 de 2012, promovidos por la procuradora de los tribunales doña Ana María Valdazo Drago, en nombre y representación de doña María Fernanda Ballesteros Salazar, defendida por el letrado don Eusebio Gutiérrez Cristóbal, contra don Jackson Róbinson Vascónez Tenezaca, sin representación ni defensa, habiendo sido declarado en situación procesal de rebeldía, y con intervención del ministerio fiscal, pronuncia la presente sentencia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá interponerse ante este Juzgado por medio de escrito cumplimentando los requisitos exigidos en el artículo 458.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo la parte que pretenda recurrir en apelación, a excepción del ministerio fiscal y del recurrente que se le haya reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, acreditar al momento de la interposición del recurso de apelación la constitución de depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la cuenta de este Juzgado número 5120/0000/33/0126/12, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del citado recurso, tal y como determina la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, reformada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado don Jackson Róbinson Vascónez Tenezaca en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Fuenlabrada, a 3 de diciembre de 2013.—El secretario (firmado).

(03/40.983/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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