Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140104-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

72
Procedimiento 490 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia Ramos García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 490 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Requena Vergara, don José María Chillón Medina, don Juan Abad Pérez y don Manuel Gómez Lores, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Mecarem, Sociedad Anónima”, y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado auto de fecha 26 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda declarar la falta de competencia de este órgano judicial para conocer de la demanda formulada por don José Requena Vergara, don José María Chillón Medina, don Juan Abad Pérez y don Manuel Gómez Lores, contra “Mecarem, Sociedad Anónima”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, absteniéndome de conocer sobre ella y advirtiendo a los demandantes que podrán hacer uso de su derecho ante la jurisdicción contenciosa-administrativa.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mecarem, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.175/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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