Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2014

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140109-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL

URBANISMO

58
Modificaciones Plan General

Aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2013 el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobación de las propuestas de resolución correspondientes al período de información pública.

Segundo.—Aprobación inicial a consecuencia de las modificaciones y correcciones introducidas en el documento del plan general de Soto del Real, resultantes de los informes sectoriales y alegaciones estimadas.

Tercero.—Someter a un nuevo trámite de información pública el expediente, por el plazo de un mes, mediante la inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión, así como a la exposición del acuerdo y del documento de plan general de Soto del Real en la página web municipal y en el tablón de anuncios y edictos de este Ayuntamiento.

Todo ello, de conformidad con lo previsto por los artículos 56 y 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid

El documento podrá consultarse durante este trámite en la Casa Consistorial (Salón de Plenos), de lunes a sábados, en horas de oficina (de ocho y treinta a quince y quince horas, y de nueve a trece horas, respectivamente).

Órgano ante el que se presentan las alegaciones: Pleno de la Corporación de Soto del Real.

Plazo: Un mes a contar desde el día siguiente de la inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o diario de mayor difusión, el que más tarde suceda.

Lugar: Secretaría del Ayuntamiento, en horas de oficina.

En Soto del Real, a 19 de diciembre de 2013.—La alcaldesa, Encarnación Rivero Flor.

(03/41.950/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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