Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140109-185

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 3

185
Procedimiento ordinario 982 de 2012

EDICTO

Doña María José Delgado-Iribarren Pastor, secretaria del Juzgado de lo social número 3 de Castellón.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 982 de 2012, a instancias de doña Bárbara Pascual Soler, contra el Fondo de Garantía Salarial y “Head Trainning Consultores, Sociedad Limitada”, en la que el día 25 de noviembre de 2013 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Ha lugar a aclaración de la sentencia de fecha 4 de noviembre de 2013, de tal manera que en el fundamento de derecho tercero debe señalarse un nuevo párrafo con el siguiente tenor:

“… De conformidad con el artículo 66.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, y dado que la empresa demandada no compareció al acto de conciliación, sin que se haya acreditado causa justificada para ello, se le imponen las costas, incluidos los honorarios del letrado de la parte actora, con los límites previstos en tal precepto…”.

Y el fallo de la sentencia debe añadirse:

“…, con imposición de los intereses moratorios correspondientes, y con imposición de las costas del proceso”.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Javier Edo Prades, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de Castellón y su partido.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación a “Head Trainning Consultores, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Castellón, a 26 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.404/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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