Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140109-201

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 2

201
Ejecución 232 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Carlos Víctor Rubio Faure, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 232 de 2013, en materia de reclamación de cantidad, a instancias de doña Isabel Fernández Jiménez, contra “Grupo Millar 2, Sociedad Limitada”, y “Explícito y Expreso, Sociedad Limitada”, se ha dictado decreto con fecha 20 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

Se declara a las ejecutadas “Grupo Millar 2, Sociedad Limitada”, y “Explícito y Expreso, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia con carácter provisional por un principal de 17.765,46 euros, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes de las ejecutadas.

Una vez firme el presente, expídanse los testimonio oportunos para su entrega a la parte actora a los efectos de reclamación al Fondo de Garantía Salarial, una vez los solicite compareciendo en esta oficina judicial para su retirada. Expídase testimonio del presente para su unión a los autos, quedando el original en el legajo de decretos.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el libro de registro de su razón.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Se significa, además, que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita. Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de revisión deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”.

Así lo acuerda y firma don Carlos Víctor Rubio Faure, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Millar 2, Sociedad Limitada”, y “Explícito y Expreso, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Santa Cruz de Tenerife, a 20 de noviembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.409/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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