Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140111-81

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 4

81
Despido 1.066 de 2012

EDICTO

Doña Victoria Juárez Arcas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 1.066 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Maravillas Rubio García y doña Josefa Martínez Ruiz, contra la empresa “Ladaya Comunicaciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la sentencia número 252 de 2013, de 10 de julio de 2013, siguiente:

Fallo

Estimo en parte la demanda interpuesta por doña Maravillas Rubio García y doña Josefa Martínez Ruiz, frente a la empresa “Ladaya Comunicaciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, con los pronunciamientos siguientes:

a) Declaro improcedente el despido del que ha sigo objeto las demandantes, y asimismo, declaro la extinción de la relación laboral existente entre las partes con efectos desde la fecha de la presente sentencia, y condeno a la empresa demandada que abone a las demandantes en concepto de indemnización las cantidades siguientes calculadas hasta la fecha de la presente sentencia:

A doña Maravillas Rubio García: 2.146,59 euros.

A doña Josefa Martínez Ruiz: 684,16 euros.

b) Condeno a la empresa demandada a que abone a las demandantes las cantidades que seguidamente se dirá por el concepto de salarios, más el 10 por 100 de interés legal por mora en el pago:

A doña Maravillas Rubio García: 2.773,65 euros.

A doña Josefa Martínez Ruiz: 1.513,41 euros.

c) El Fondo de Garantía Salarial responderá subsidiariamente en los supuestos legalmente previstos.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que deberá ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de notificación de esta sentencia conforme a lo previsto en los artículos 190 y siguientes de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Adviértase, igualmente, a la parte recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros (artículo 229 y disposición adicional segunda, punto primero, de la Ley 36/2011, de 10 de octubre Reguladora de la Jurisdicción Social) en la cuenta abierta en “Banesto”, oficina de avenida Libertad, sin número, edificio “Clara”, 30009 Murcia, a nombre de este Juzgado con el número 3095/0000/67/1066/12, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, en la misma oficina, a nombre de este Juzgado, con el número 3095/0000/65/1066/12, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado en el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado o graduado social para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Llévese a los autos copia testimoniada, uniéndose la presente al libro de sentencias.

Así por este mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Emilio Pedreño Serra, propietario de la mercantil “Ladaya Comunicaciones, Sociedad Limitada”, que tuvo su domicilio en esta provincia y en la actualidad se encuentra en ignorado paradero, expido la presente para su inserción y publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Murcia, a 2 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.748/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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