Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140116-49

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 4

49
Ejecución 694 de 2013

EDICTO

Don Ángel Maganto Hernández, secretario del Juzgado de primera instancia número 4 de Alcalá de Henares.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictada en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 694 de 2013 que se sigue en este Juzgado a instancias de doña Inmaculada Tallón Robert, representada por doña Gema García Merino, contra don Pedro Luis Valenzuela Ruiz, en ejecución de sentencia dictada y por la que se declara extinguido el condominio de las fincas que más tarde se dirán, por el presente se anuncia la venta en pública subasta, con antelación de veinte días cuando menos, de las siguientes fincas propiedad de ambas partes:

Finca número 1.—Plaza de garaje señalada con el número 11, situada en la planta sótano del edificio de esta ciudad, calle Puerta del Vado, número 5, con vuelta a la calle Ronda de Pescadería.

Inscrita en el registro de la Propiedad número 3 de Alcalá de Henares, al tomo 3.666, libro 200, folio 162.

Finca número 2.—Vivienda unifamiliar adosada, sita en la calle Empecinado, número 28, de Alcalá de Henares.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Alcalá de Henares, al tomo 3.541, libro 88, folio 140. Finca registral número 12.569 (antes número 1.466).

La subasta se celebrará el día 5 de febrero de 2014, a las diez horas, en la Secretaría de este Juzgado, sito en la calle Colegios, números 4-6, conforme con las siguientes

Condiciones

Primera

La finca descrita como número 1 ha sido valorada en 30.000 euros y la finca descrita como número 2 ha sido valorada en 854.564,60 euros.

Segunda

La certificación registral y, en su caso, la titulación del inmueble o inmuebles que se subastan estará de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

Tercera

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos.

Cuarta

Artículo 667 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requisitos para pujar. Ejecutante licitador:

1. Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.o Identificarse de forma suficiente.

2.o Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3.o Presentar resguardo de que han depositado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, cuenta número 2330/0000/06/0694/13, o de que han presentado aval bancario por el 5 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. El ejecutante solo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.

3. Solo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el secretario judicial responsable de la ejecución, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago del precio del remate, que deberá hacerse constar documentalmente.

La misma facultad tendrá el ejecutante en los casos en que se solicite la adjudicación de los bienes embargados con arreglo a lo previsto en esta Ley.

Sexta

Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado al que se deberá acompañar el resguardo de haber realizado la consignación a que se refiere la condición anterior, los cuales serán abiertos al inicio de la subasta, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

Séptima

Solo el ejecutante podrá hacer posturas con la facultad de ceder el remate a un tercero, pudiendo tomar parte en la subasta solo cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que hicieren.

Octava

No se puede hacer constar la situación posesoria del inmueble.

Novena

El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en los lugares públicos de costumbre hasta la fecha de celebración de la subasta y se anunciará en los portales de subastas judiciales y electrónicas del Ministerio de Justicia y/o Comunidad de Madrid.

Décima

Para el caso de que la notificación del señalamiento al ejecutado resultante infructuoso por no ser hallado en el domicilio que consta en el título ejecutivo, sirva la presente de notificación edictal para el mismo (artículo 667 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Undécima

En el supuesto de que por causa de fuerza mayor no pudiere llevarse a cabo la subasta en el día y hora señalados, se celebrará el día siguiente hábil.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Alcalá de Henares, a 11 de noviembre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/9.203/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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