Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140116-107

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

107
Ejecución 106 de 2012 y ejecución 258 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en las ejecuciones números 106 de 2012 y 258 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguidas a instancias de don Francisco Ruiz Madroño, frente a “Carrocerías Canillejas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 5 de diciembre de 2013.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 453 de 2013, de fecha 12 de noviembre de 2012, a favor de la parte ejecutante don Francisco Ruiz Madroño, frente a la demandada “Carrocerías Canillejas, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 10.412,87 euros, más 1.041,00 euros y 1.041,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2518/0000/64/0595/11.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Teresa Orellana Carrasco.

Decreto

En Madrid, a 5 de diciembre de 2013.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Se acepta la acumulación de esta ejecución a la seguida en los autos de ejecución número 106 de 2012, provenientes del procedimiento ordinario número 596 de 2011, seguido en este mismo Juzgado de lo social número 20 de Madrid, acordando unir las presentes actuaciones a aquellos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, Almudena Ortiz Martín.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Carrocerías Canillejas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.630/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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