Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140116-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 1

157
Procedimiento 306 de 2013

EDICTO

En los autos número 306 de 2013 seguidos en este Juzgado a instancias de doña Carolina Fernández Fernández y doña Elvira Silvestre Miró, contra “Distribuciones Zanitram, Sociedad Limitada”, en materia social, se ha dictado sentencia en fecha 3 de diciembre de 2013 siguiente:

Contra dicha resolución puede interponerse, ante este Juzgado, recurso de suplicación en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación del presente edicto con los requisitos y advertencias legales que constan en la sentencia que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado, sito en ronda Sant Pere, número 41, segunda planta, de Barcelona.

Y a fin de que sirva de notificación a “Distribuciones Zanitram, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o de decreto, cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 3 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial, María Doganoc de León.

(03/41.711/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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