Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2014

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140116-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2013, del Director General de Evaluación Ambiental, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de la Resolución de 25 de noviembre de 2013, de rectificación de error material advertido en la Resolución de 20 de febrero de 2013, que fue objeto de notificación en el expediente 10-SAMA-00840.8/2012.

Resultando infructuosos los intentos de notificación de la Resolución citada en el encabezamiento y que figura en el Anexo, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede por la presente a su publicación como Anexo.

ANEXO

Resolución de 25 de noviembre de 2013, del Director General de Evaluación Ambiental de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se rectifica el error material advertido en la resolución de 20 de febrero de 20131, del Director General de Evaluación Ambiental de Medio Ambiente, y Ordenación del Territorio, por la que se resuelve el expediente sancionador 10-sama-00840.8/2012/, tramitado contra don Francisco Herrera Yoris

Examinadas las diligencias que se han instruido en el Área de Disciplina Ambiental de esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en relación con el procedimiento sancionador arriba mencionado por infracción a la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, contra don Francisco Herrera Yoris, con NIF/CIF 07505925-J, se constatan los siguientes:

HECHOS

1. Con fecha 20 de febrero de 2013, el Director General de Evaluación Ambiental dictó Resolución Sancionadora contra don Francisco Herrera Yoris, con NIF/CIF 07505925-J, por tenencia de liga, 20 canutillos de bambú y varillas de esparto, localizados en bolsas en el interior del vehículo con matrícula 1704-BGY, en paraje Cerro Cañada del Soto, Valdepiélagos (Madrid), hechos constitutivos de infracción el artículo 76.1.r) en relación con el artículo 62.3.a) de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, estando calificada la infracción como leve y la tenencia de 6 jaulas con dos jilgueros y cuatro pardillos, localizados en bolsas en el interior del vehículo con matrícula 1704-BGY, en paraje Cerro Cañada del Soto, Valdepiélagos (Madrid), que es constitutivo de una infracción administrativa de las previstas en el artículo 76.1.r) en relación con el artículo 52.3) de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, estando calificado como leve.

2. Se ha constatado la existencia de un error material en la resolución sancionadora referida, dado que donde dice total: 1.150 euros (mil quinientos euros), debe decir total: 1.150 euros (mil ciento cincuenta euros).

A los hechos anteriormente referenciados, les son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El Director General de Evaluación Ambiental, es el órgano competente para rectificar de oficio de error material detectado en la resolución sancionadora de 20 de febrero de 2013, al ser el órgano que dictó el acto viciado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.5 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, “Las administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Advertido el error producido, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citado, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas.

DISPONGO

Rectificar el error detectado, en la Resolución sancionadora de fecha 20 de febrero de 2013, por la que se resuelve el expediente sancionador 10-SAMA-00840.8/2012 contra don Francisco Herrera Yoris, con NIF/CIF 07505925-J, en el siguiente sentido:

Donde dice:

“Total: 1.150 euros (mil quinientos euros)”.

Debe decir:

“Total: 1.150 euros (mil ciento cincuenta euros)”.

Lo que se hace público, a la vez que se informa a los interesados que también se ha ordenado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Madrid, a 17 de diciembre de 2013.—El Director General de Evaluación Ambiental, Mariano González Sáez.

(03/1.049/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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