Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2014

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140117-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Celuisma, Sociedad Anónima” (Hotel “Florida Norte”), y representantes legales de los trabajadores y representante de la Federación de Comercio, Hostelería y Juego de UGT (PCM-0691/2013).

Vista del Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de diciembre de 2013.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número: PCM-0691/2013.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del día jueves 21 de noviembre de 2013.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Joaquín Sánchez Cervera.

Vocal: Don José Manuel Nogales Barroso.

Vocal: Doña Fabiola Guerra Suárez.

Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha jueves 14 de noviembre de 2013, para conocer del expediente citado:

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don José María Baladrón Hernando, en calidad de representante legal.

La empresa “Celuisma, Sociedad Anónima” (Hotel “Florida Norte”), con domicilio en el paseo de La Florida, números 3 y 5 (Madrid).

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Miguel Calvo Lobo, en calidad de representante de Federación de Comercio, Hostelería y Juego de UGT Madrid.

Don Agustín Rodríguez González, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Carmen Suárez Sánchez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Miguel Ángel Castro Sandoval, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Félix Sanz Sánchez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Javier Caselles Jiménez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Isabel Sánchez Rodríguez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don José Manuel Muñoz Vázquez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Daniel Pezuela Ruiz, como representante de la Federación de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de UGT-Madrid

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. La empresa ha procedido al abono de los salarios del mes de septiembre del año en curso.

2. La empresa se compromete al abono de los atrasos del 1 por 100, desde enero hasta junio del presente año, más los atrasos correspondientes al año 2012, todo ello antes de la finalización del año 2013.

3. En virtud del presente acuerdo y tras la aprobación de la asamblea de trabajadores, se desconvoca la huelga objeto del presente expediente.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto ­Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y treinta horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado).

(03/41.410/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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