Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140121-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

85
Procedimiento 718 de 2012

EDICTO

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado y con número DCT 718 de 2012 se siguen autos de divorcio contencioso, a instancias de doña Cristina García Camacho y en su nombre y representación la procuradora doña Sandra Osorio Alonso, contra don James Amadasun, declarado en rebeldía procesal, en cuyos autos se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente.

Sentencia

Vistos por mí, Ana Belén López Otero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid, las presentes actuaciones de juicio de divorcio tramitados con el número 718 de 2012, en el que han intervenido como demandante doña Cristina García Camacho, representada por la procuradora de los Tribunales señora Osorio Alonso y asistida por la letrado señora Nuche García, y como demandado don James Amadasun, en situación de rebeldía procesal, interviniendo, asimismo, el ministerio fiscal, ejerciendo las funciones que la Ley le asigna, en virtud de las siguientes consideraciones.

Dispongo:

Estimar parcialmente la demanda presentada por doña Cristina García Camacho y, en consecuencia, se acuerda la disolución por divorcio del matrimonio contraído por doña Cristina García Camacho y don James Amadasun, sin especial pronunciamiento en cuanto a costas, con todas las consecuencias legales inherentes a tal declaración y, en particular, las siguientes:

1.o La guarda y custodia del hijo menor habido en común, Miguel, se atribuye a la señora García Camacho, atribuyendo a la misma el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación, para su posterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial, previo depósito de la suma de 50 euros.

Y para que sirva de notificación de sentencia al demandado rebelde don James Amadasum, en paradero desconocido, expido el presente edicto.—En Madrid, a 5 de octubre de 2013.

En Madrid, a 5 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(02/9.234/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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