Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140121-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 86

89
Procedimiento 911 de 2011

EDICTO

En el Juzgado de primera instancia número 86 de Madrid se sigue juicio de tercería de dominio número 911 de 2011, siendo parte demandante “Desarrollos Almaguer, Sociedad Limitada”, y como parte demandada comunidad de propietarios López de Hoyos, número 3.

En el juicio número 911 de 2011 se ha dictado la resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Auto número 377 de 2012

Siendo el juez que lo dicta don Manuel Pérez Echenique.—En Madrid, a 12 de noviembre de 2012.

Parte dispositiva:

Se desestima la tercería de dominio deducida por “Desarrollos Almaguer, Sociedad Limitada”, contra comunidad de propietarios López de Hoyos, número 3, de Madrid, y “Hogalia 2, Sociedad Limitada”, esta última en situación de rebeldía, en pretensión de alzar el embargo de determinados bienes muebles que se encontraban en el interior de la finca, piso cuarto derecha, de la casa número 48 de la calle Goya de Madrid, finca número 66665 del Registro de la Propiedad número 5 de Madrid, imponiendo a la tercerista las costas del proceso.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Tribunal, en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente al de su notificación, conforme al artículo 455 de la LEC, en la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.

Así lo manda y firma su señoría, doy fe.—El magistrado-juez (firmado).—La secretaria (firmado).

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesta en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, por el presente se notifica a “Hogalia 2, Sociedad Limitada”, el auto número 377 de 2012, de 12 de noviembre.

En Madrid, a 15 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(02/49/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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