Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140121-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCORCÓN NÚMERO 1

91
Procedimiento 21 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal por desahucio por falta de pago número 21 de 2013 se ha dictado sentencia de 10 de septiembre de 2013, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Alcorcón, a 10 de septiembre de 2013.—Vistos por mí, Carlos Águeda Holgueras, magistrado-juez de primera instancia número 1 de Alcorcón (Madrid), los presentes autos de juicio verbal regulados en la Ley 1/2000, sobre Desahucio por Precario, seguidos en este Juzgado y registrados con el número 21 de 2013, a instancias de “Gestopal, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Ana María Galey Zafora, asistida por el letrado don Armando Palmerín Amicis, contra doña Begoña Valverde Elices, en rebeldía, atendiendo al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda presentada por “Gestopal, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Ana María Galey Zafora, contra doña Begoña Valverde Elices, en rebeldía.

Condeno a doña Begoña Valverde Elices a que, dentro del término legal, desaloje y deje libre y a disposición del actor el inmueble de la vivienda piso primero A, plaza de garaje número 133 y trastero número 61, sitos en la calle Oslo, número 31, de Alcorcón (Madrid), bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica.

Igualmente, condeno a doña Begoña Valverde Elices al pago de las costas causadas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a su notificación, en la forma y con los requisitos que se regulan en los artículos 458 y siguientes de la LEC.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia el mismo día de su fecha por el señor magistrado-juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública, doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Begoña Valverde Elices y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Alcorcón, a 12 de septiembre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/39/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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