Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140121-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

117
Procedimiento 1.106 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.106 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Indart del Río, doña Elena Castro Crespo, don Luis Almería Sánchez, doña María Enedina Monforte Jiménez, doña María Eugenia Fuertes Fernández y doña Silvia Cañizares Gómez, frente a “Anejo, Sociedad Limitada”, “Campo Solar Río Oja, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Gestora Española de Sociedades Cooperativas y Comunidades, Sociedad Anónima”, “Inversiones y Desarrollos Inmobiliarios Ocaña, Sociedad Limitada”, y “Sonseca Solar Vallehermoso, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado auto de fecha 16 de julio de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se tiene la parte demandada “Gestora Española de Sociedades Cooperativas y Comunidades, Sociedad Limitada”, por no anunciado en forma en el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada en autos declarándose firme la misma. No se da trámite a los recursos de reposición interpuestos por la parte demandante por razones obvias de economía procesal. Una vez firme el presente auto, procédase a despachar ejecución en los términos contenidos en el escrito de fecha 12 de junio de 2013, presentado por la representación de la parte actora.

Modo de impugnación: mediante recurso de queja ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de diez días desde la notificación de esta resolución, debiendo acompañar copia de la presente resolución, de acuerdo con el artículo 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada por el artículo 4, apartado 23, de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Inversiones y Desarrollos Inmobiliarios Ocaña, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/271/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140121-117