Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140121-172

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 17

172
Autos 409 de 2012-J

EDICTO

Doña Desamparados de la Rúa Moreno, secretaria del Juzgado de lo social número 17 de los de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 409 de 2012-J, a instancias de doña Eva Gómez Alcantarilla, don Domingo Mira Bernardo, don Manuel Eliche Parras, doña Antonia Solera Gómez, doña María Carmen Sáez Monleón, don Antonio González Arboledas y doña María Dolores Aranda Naranjo, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, “Gestión de Activos y Tesorería, Sociedad Limitada”, “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, “Holland Security Investment, Sociedad Limitada”, “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, y “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, en la que el día 29 de noviembre de 2013 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:

Con estimación de las demandas formuladas por doña Eva Gómez Alcantarilla, don Domingo Mira Bernardo, don Manuel Eliche Parras, doña María Carmen Sáez Monleón, don Antonio González Arboledas y doña María Dolores Aranda Naranjo, contra las empresas “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, “Holland Security Investment, Sociedad Limitada”, “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, “Gestión de Activos y Tesorería, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno solidariamente a las empresas demandadas a abonar a los demandantes las siguientes cantidades:

A doña Eva Gómez Alcantarilla: 482,77 euros en concepto de principal, más 48,28 euros en concepto de intereses moratorios.

A don Domingo Mira Bernardo: 1.536,14 euros en concepto de principal, más 153,61 euros en concepto de intereses moratorios.

A don Manuel Eliche Parras: 1.307,36 euros en concepto de principal, más 130,74 euros en concepto de intereses moratorios.

A doña María Carmen Sáez Monleón: 932,92 euros en concepto de principal, más 93,29 euros en concepto de intereses moratorios.

A don Antonio González Arboledas: 5.443,03 euros en concepto de principal, más 544,30 euros en concepto de intereses moratorios.

A doña María Dolores Aranda Naranjo: 1.707,28 euros en concepto de principal, más 170,73 euros en concepto de intereses moratorios.

Se condena en costas a la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, hasta el límite de 600 euros.

Todo ello con responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial en la parte que legalmente le corresponda, para el caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte, su abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito ante este Juzgado.

Al tiempo de interponerse el recurso, el recurrente que no gozare de justicia gratuita, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado, de resguardo, independiente o distinto de la consignación para recurrir, acreditativo del depósito de 300 euros en la misma cuenta que se le facilite del expediente.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, y “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, que se encuentran en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Valencia, a 3 de diciembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/342/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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