Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2014

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140128-19

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

19
RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de la instalación de una línea aérea + subterránea de 15 kV, entre ST “Los Hueros” y el CS 28CRJ3, en los términos municipales de Villalbilla y Torres de la Alameda (Madrid), solicitada por “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”.

2009P876

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 15 de octubre de 2009 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, en el que se solicita la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de una línea aérea + subterránea de 15 kV, del que se acompaña el correspondiente proyecto, firmado por don Javier Fernández Mitre, visado con el número 200909180, de fecha 2 de octubre de 2009, en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid. Con fecha 10 de octubre de 2011 presentan modificado de proyecto firmado por don Darío Sánchez Maeso, visado con el número 201105293, de fecha 21 de septiembre de 2011.

Segundo

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000).

Tercero

Con fecha 28 de octubre de 2011 aportan el resultado “caso por caso” Resolución SEA 9.31/10 emitida por la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, de 7 de abril de 2011, en la que se indica la no necesidad de someter el citado proyecto al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental al que se refiere la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2002), y modificada por Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de junio de 2004).

Cuarto

Con fecha 29 de noviembre de 2012 solicitan la declaración de utilidad pública.

Quinto

Con fecha 11 de septiembre de 2013, por parte de esta Dirección General, se dio cumplimiento al trámite de información pública conjunto al de declaración en concreto de utilidad pública simultáneamente a la petición de autorización que figura en el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000).

Sexto

En la tramitación del expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984), el Decreto 25/2009, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009), en relación con la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997); el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión, aprobado por Decreto 3151/1968 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 1968), y el Reglamento de Líneas de Alta Tensión, aprobado por Real Decreto 223/2008 (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de marzo de 2008), así como el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación; Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de febrero de 1982), y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984).

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”, la instalación de una línea aérea + subterránea a 15 kV entre ST “Los Hueros” y el CS 28CRJ3, en los términos municipales de Villalbilla y Torres de la Alameda (Madrid), cuyas características son las siguientes:

— Instalación de una línea aérea + subterránea 2009P876-ULE4767, simple circuito, tensión 15 kV, compuesta por un tramo aéreo de 2.590 metros de longitud, con conductor LA-110, y por un tramo subterráneo de 692 metros de longitud, con conductor RHZ1-12/20 kV, de 240 milímetros cuadrados, en aluminio. Con origen en subestación “Los Hueros”, con coordenadas UTM: X = 469946 e Y = 4475961, y final en el centro de reflexión 28CRJ3, con coordenadas UTM: X = 469705 e Y = 4473349.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. Deberá cumplir las condiciones expresadas en la decisión emitida por la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid de fecha 7 de abril de 2011 (SEA 9.31/10).

3. El plazo de ejecución de la instalación será de un año, contado a partir de la fecha de la presente Resolución, al término del cual, se presentará la solicitud de acta de puesta en servicio acompañada de un certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

Tercero

La declaración de utilidad pública de la instalación citada lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el Anexo que se adjunta a la presente Resolución e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Ley del Sector Eléctrico.

Cuarto

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 18 de diciembre de 2013.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.









(02/168/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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