Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140128-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51

88
Procedimiento ordinario 216 de 2009

EDICTO

Doña Eva María de la Gala González, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid.

Hace saber: Que en los autos de procedimiento ordinario número 216 de 2009 se ha dictado resolución, cuyo extracto literal es el siguiente:

Sentencia número 189 de 2013

En Madrid, a 9 de septiembre de 2013.—Doña H. Almudena Maricalva Arranz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 51 de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio ordinario registrados con el número 216 de 2009, promovidos por don Eduardo Alejandro Borrell y Martely, representado por la procuradora de los tribunales doña Carmen Pérez Saavedra y asistido por el letrado don José Antonio Dávila García-Miranda, contra doña Beatriz del Valle-Lersundi y Fierre, declarada en rebeldía, sobre reconocimiento de mejor derecho en el título nobiliario de Marquesado de Guaimaro y declaración de nulidad de la sucesión previa.

Fallo

Estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales doña Carmen Pérez Saavedra y asistida por el letrado don José Antonio Dávila García-Miranda, contra doña Beatriz del Valle-Lersundi y Fierro, se reconoce mejor derecho del demandante en el título nobiliario de marquesado de Guaimaro, no declarando la nulidad de la sucesión anterior sino su pérdida de efecto, sin expresa imposición de costas.

Contra esta resolución cabe formular, ante este Juzgado, recurso de apelación que se interpondrá en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, conforme disponen los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Será necesario para la admisión a trámite del recurso el ingreso en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado (2545) y en relación con el presente expediente el depósito de 50 euros, identificándose en dicho ingreso la clase de recurso interpuesto y la fecha de la resolución impugnada. Asimismo, deberá acompañarse la documentación acreditativa de la realización de dicho depósito al presentar el escrito de anuncio o preparación del recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia y de conformidad con lo dispuesto en los artículo 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil por el presente se notifica a doña Beatriz del Valle Lensurdi Fierro.—Doy fe.

En Madrid, a 19 de diciembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/247/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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