Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140130-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 3

63
Procedimiento ordinario 457 de 2012-G

EDICTO

Don Juan Carlos Pérez Ruiz, secretario sustituto del Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 457 de 2012, seguido en este Juzgado a instancia de “Indicasa 2003, Sociedad Limitada”, frente a don Eugenio San Antonio Martínez y doña Iciar Criado Macazaga, se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente.

Sentencia

En Fuenlabrada, a 24 de abril de 2013.—Vistos por mí, Marta Iturrioz Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada, los autos de juicio ordinario número 457 de 2012, siendo parte demandante “Indicasa 2003, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Giménez Cardona y asistida por la letrada señora Sánchez García, y parte demandada don Eugenio San Antonio Martínez y doña Iciar Criado Macazaga, declarados en rebeldía procesal.

Fallo

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por “Indicasa 2003, Sociedad Limitada”, contra don Eugenio San Antonio Martínez y doña Iciar Criado Macazaga, condenando solidariamente a los demandados a abonar a la actora, la cantidad de 9.216,04 euros más los intereses legales desde la fecha de la demanda, el 21 de marzo de 2012, hasta la sentencia, y desde la fecha de la sentencia hasta el pago total de la cantidad adeudada, los intereses establecidos en el artículo 576 de la LEC.

Procede condenar a los demandados al pago de las costas del procedimiento por partes iguales.

Notifíquese a las partes, apercibiéndoles de que contra esta resolución cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

A estos efectos y de conformidad con la disposición adicional 15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se indica a las partes la necesidad de constituir un depósito de 50 euros para recurrir la presente resolución, en la oportuna entidad de crédito y en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado, previa a la preparación del recurso, debiendo dicha constitución ser acreditada por la parte y verificada por el secretario judicial, dejando constancia de ello en autos.

Así, por esta mi sentencia de la que se expedirá por el secretario judicial de este Juzgado certificación literal para su unión a los autos, juzgando en primera instancia, lo acuerdo, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Eugenio San Antonio Martínez y doña Iciar Criado Macazaga, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Fuenlabrada, a 8 de octubre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/283/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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