Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140201-12

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

12
Proyecto Urban

El Pleno Municipal, en su sesión ordinaria, celebrada el 17 de diciembre de 2013, adoptó, entre otros, el acuerdo cuyo tenor literal es el siguiente:

«El 5 de mayo de 2009 tuvo entrada en esta Corporación la confirmación del Ministerio de Economía y Hacienda de la selección del denominado Proyecto “Alcobendas-Distrito Centro”, para su cofinanciación por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco de la Iniciativa Urbana (Urban), para el período de programación 2007-2013. Para ejecutar esta Iniciativa Urbana-Urban, el 28 de enero de 2010, se suscribió el denominado “Acuerdo sobre Atribución de Funciones entre la Dirección General de Fondos Comunitarios y el Ayuntamiento de Alcobendas”, de conformidad con lo previsto en el artículo 59, apartado 2, del Reglamento (CE) 1083/2006. El Artículo 1.3 del acuerdo señala que “El Ayuntamiento de Alcobendas acepta las funciones encomendadas y se compromete a su adecuada ejecución con arreglo a la normativa aplicable y respetando los plazos establecidos”.

Con el fin de cumplir este compromiso, el Ayuntamiento acordó encomendar la gestión de las actuaciones incluidas en el Área Temática 2 del Proyecto Urban, Fomento de la Integración social e igualdad de oportunidades, al Patronato de Bienestar Social y al Patronato Sociocultural, con fecha 1 de junio de 2010 y 14 de septiembre de 2012 respectivamente, al considerar que dichos Patronatos constituyen los organismos públicos especializados y más eficaces para llevar a cabo la gestión y ejecución de las actuaciones integradas en el Área Temática citada.

Hasta finales del año 2013, se prevé que se llegue a justificar un 66 por 100 del Proyecto “Alcobendas-Distrito Centro”, lo que significa que queda pendiente de justificar el 34 por 100 restante del Proyecto. En este sentido, con fecha 26 de marzo de 2013, se recibió notificación del Ministerio solicitando al Ayuntamiento que se pronunciara formalmente sobre la capacidad para poder efectuar el gasto aún pendiente de certificar e indicando aquella cifra global que el Ayuntamiento dejará de acometer “Teniendo en cuenta que el final de período de elegibilidad de los gastos, de acuerdo con los Reglamentos comunitarios, finaliza el 31 de diciembre de 2015”. Con fecha 18 de abril de 2013, el Ayuntamiento comunica al Ministerio el compromiso de ejecutar el 100 por 100 del Proyecto Urban, así como la posible sobre ejecución en un porcentaje estimado del 10 por 100, indicando que no se tiene prevista la pérdida de recursos y que se pretende reabsorber los recursos excedentes que pudieran existir.

En definitiva, existe un remanente como consecuencia de la ejecución del Proyecto durante el período 2007-2013, que debería ser incorporado a las anualidades 2014-2015 para poder llegar a cumplir la totalidad de las actividades previstas en el anexo del acuerdo de atribución de funciones, tal y como se ha comprometido el Ayuntamiento en su escrito de 18 de abril. No obstante, aplicando el artículo 2.2 del acuerdo, se pretende modificar el anexo de actividades para incluir en el mismo las actividades iniciadas y no concluidas y las nuevas actividades que van a sustituir a aquellas que, por diferentes motivos, no han podido iniciarse. En cualquier caso y según consta en el informe técnico que obra en el expediente, la propuesta de reasignación de actividades no supondrá un incremento en lo presupuestado inicialmente para el cumplimiento del Proyecto Urban sino, únicamente, la incorporación de los remanentes y su reasignación en nuevas partidas presupuestarias.

En este marco y dada la subsistencia de las actividades incluidas en el Área Temática 2 del Proyecto Urban, Fomento de la Integración social e igualdad de oportunidades, resulta necesario prorrogar por un plazo máximo de otros dos años las encomiendas de gestión efectuadas el 1 de junio de 2010 y 14 de septiembre de 2012, para realizar todas aquellas actividades materiales necesarias para llevar a cabo las actuaciones del Área Temática durante el período 2014-2015, hasta la conclusión del Proyecto Urban.

Por lo anterior, vistos los Informes Técnicos y Jurídicos que obran en el expediente, de conformidad con lo previsto en los Acuerdos de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de junio de 2010 y 14 de septiembre de 2012, este Pleno Municipal acuerda:

1. Aprobar el anexo de actuaciones del acuerdo de atribución de funciones de la iniciativa urbana “Urban-Alcobendas Distrito Centro”, para el período 2014-2015, que se acompaña a la presente resolución junto con el Informe justificativo de las modificaciones introducidas en dicho anexo, debiendo realizarse por la Intervención de Fondos los ajustes preceptivos en relación con las partidas presupuestarias afectadas por la citada prórroga.

2. Prorrogar las encomiendas de gestión al Patronato de Bienestar Social y al Patronato Sociocultural acordadas por la Junta de Gobierno Local en sesiones celebradas el 1 de junio de 2010 y 14 de septiembre de 2012, y que comprenden la realización de todas aquellas actividades materiales necesarias para llevar a cabo las actuaciones del Área Temática 2, durante el período 2014-2015, hasta la conclusión del Proyecto Urban. En particular, dicha prórroga de la encomienda comprende la realización de todas aquellas actividades materiales necesarias para llevar a cabo las siguientes actuaciones:

— Servicio de orientación e inserción social y laboral para personas con riesgo de exclusión social: personas discapacitadas, inmigrantes, etcétera, realizando además actividades de convivencia intercultural así como asesoramiento en la resolución de conflictos. El servicio complementará aquellos servicios ya implantados por el Área de Servicios Sociales en materia de atención psicológica y social a dicho colectivo.

— Campañas de sensibilización Urban para la integración de personas en riesgo de exclusión social o ya excluidos, especialmente dirigidas a personas inmigrantes, discapacitadas, y sin hogar, así como campañas para el fomento de la participación ciudadana.

— Desarrollo del programa de participación ciudadana con infancia, adolescencia y juventud en centros educativos de la zona Urban, consistente en un programa específico de lucha contra el absentismo escolar de inmigrantes y minorías étnicas, así como un servicio de orientación escolar para dichos grupos.

— Programa específico de convivencia intergeneracional para el fortalecimiento de los vínculos entre jóvenes y mayores, siendo esta una medida complementaria a la actividad 7.2.

3. Someter el desarrollo de la prórroga de la encomienda de gestión que se efectúa a las siguientes condiciones:

a) El plazo de vigencia de la prórroga de la encomienda de gestión será de dos años, considerando que las actuaciones integradas en el Área Temática 2, Fomento de la Integración social e igualdad de oportunidades, del Proyecto “Alcobendas-Distrito Centro”, se desarrollarán en el período 2014-2015. No obstante, los Patronatos podrán realizar actividades de justificación y auditoría en los términos y plazos exigidos por la regulación de los fondos comunitarios aunque dichas actuaciones deban ser ejecutadas en ejercicios posteriores.

b) Las actuaciones 2.1, 2.2, y 2.3 del Anexo serán coordinadas por profesionales con los siguientes perfiles:

— Sociólogo, que será encargado de coordinar las actividades propias de las medidas 2.1 y 2.2.

— Dos orientadores laborales, para la coordinación de la medida 2.1, 2.3, y también del área temática 7.

c) El Ayuntamiento transferirá al Patronato de Bienestar Social y al Patronato Sociocultural la totalidad de los importes necesarios para el desarrollo de las actuaciones aprobadas, siendo estas cofinanciadas al 50 por 100 por los fondos que recibe de la Unión Europea.

d) Para el gasto que supone el presente acuerdo está prevista consignación suficiente en las partidas 999 23201 41001 (Patronato de Bienestar Social) y 999 33400 41000 (Patronato Sociocultural) del anteproyecto de presupuesto para el ejercicio 2014. Una vez iniciado dicho ejercicio, se deberá proceder a la adopción por el órgano competente del correspondiente acuerdo de aprobación del gasto que supone la prórroga de las encomiendas.

4. Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con notificación al Patronato de Bienestar Social y al Patronato Sociocultural».

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que, contra ese acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución; o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior, podrá acudirse directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 30 de diciembre de 2013.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/280/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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