Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
01-02-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140201-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1

114
Despido 623 de 2013

EDICTO

Doña María Jesús Martín Chico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Ávila.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 623 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Martínez Gutiérrez, contra la empresa “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Acta de suspensión

En Ávila, a 23 de diciembre de 2013.—Ante mí, la secretaria judicial, doña María Jesús Martín Chico, comparecen: como demandante, doña Mónica Martínez Gutiérrez, asistida del letrado don Luis Carlos García Muñoz, y como demandados, “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen.

El representante de la empresa “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, solicita la suspensión por baja médica y no consta su citación.

A la vista de lo manifestado por la parte, y accediendo a la posibilidad que prevé el artículo 83.1 de la Ley de la Jurisdicción Social, acuerdo la suspensión del acto de conciliación señalado, y se señala nuevamente para la celebración de los actos de conciliación y juicio el día 4 de febrero de 2014, a las nueve y treinta horas, en la sede de este Juzgado, quedando citadas las partes comparecientes y debiendo ser citada “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y “Boletín Oficial de la Provincia de Ávila”, y en el fax número 9168 359 945, con la advertencia de que no se suspenderá nuevamente por enfermedad del administrador toda vez que tiene tiempo suficiente para nombrar representante como ya aconteció en los autos número 284 de 2013 en que compareció como representante legal de la empresa doña Carolina del Ordi Caballero, la cual no consta que haya dejado de tener poderes de la empresa, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación.

Cítese al Fondo de Garantía Salarial.

De todo lo cual se extiende la presente acta que, en prueba de conformidad, firman los comparecientes conmigo, la secretaria judicial.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ávila, a 30 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.018/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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