Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2014

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140203-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

64
Mutación demanial parcela

El Ayuntamiento Pleno, en votación ordinaria y por unanimidad de los señores asistentes, acordó:

«Primero.—Instruir expediente de “mutación demanial de la parcela generada 14.3 ‘Parque Empresarial’, para trasladar su titularidad a la Comunidad de Madrid con objeto de que esta construya un Instituto de Educación Secundaria”.

La descripción de dicha parcela 14.3 es, de conformidad con el proyecto de parcelación, la siguiente: procedente de la 14.1 “Parque Empresarial”, situada en la calle Camilo José Cela y con una superficie de 11.703,42 metros cuadrados. Dicha parcela linda: al norte, en recta de 155 metros, con vial 2, actualmente calle Gabriel García Márquez, y poligonal de 39 metros, con parcela 14.2; al sur, en recta de 113,82 metros y poligonal de 69,15 metros, con parcela 14.1; al este, en rectas de 61,45 metros, con parcela 14.1, y de 47,02 metros, con calle José Echegaray, y oeste, en recta de 121,39 metros, con calle Camilo José Cela.

Dicha parcela es de titularidad municipal y deberá inscribirse en el Inventario de Bienes como de servicio público (dominio público), una vez aprobado definitivamente y ordenada la publicación del Estudio de Detalle y aprobado el proyecto de parcelación correspondiente.

Condiciones de la cesión:

1. La cesión tendrá la duración necesaria para el logro de los fines previstos en el párrafo primero (construcción de un Instituto de Educación Secundaria).

Los terrenos se reintegrarán al Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid en las mismas condiciones en que fueron cedidos si no se destinasen al uso previsto.

2. Los terrenos se cederán en el estado en que se encuentran en la actualidad, como cuerpo cierto, no correspondiendo al Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid la realización de obra alguna de modificación de instalaciones o redes existentes.

3. Serán de cuenta de la Comunidad de Madrid las obras de construcción e instalaciones necesarias, así como de cuantos permisos sean necesarios a tal fin. El Ayuntamiento autorizará a la Comunidad de Madrid la realización de las obras, que deberán contar con las oportunas licencias municipales, en su caso.

4. La Comunidad Autónoma deberá realizar las actuaciones oportunas, tan pronto se haya formalizado la cesión, para autorizar y ejecutar el proyecto de actuación, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 111.2 del RBCL.

Segundo.—Someter el presente expediente a información pública por el plazo de veinte días mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, para que, examinado el expediente, cualquier interesado pueda formular las reclamaciones y alegaciones que estimen procedentes. Todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la LPC.

Tercero.—Trasladar el presente acuerdo al órgano competente de la Comunidad de Madrid a fin de que se inicien los trámites legales oportunos, para la aceptación de la mutación demanial o cambio de titularidad de la finca descrita en el punto primero de este acuerdo y recepción de la misma.

Cuarto.—Facultar al alcalde-presidente para la realización de cuantas operaciones jurídicas resulten necesarias para llevar a efecto el presente acuerdo».

En cumplimiento a lo que preceptúa el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se hace público por veinte días hábiles para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente en el Servicio de Patrimonio, sito en plaza Mayor, número 1, primera planta, y alegar y presentar los documentos y justificaciones que se estimen procedentes.

Las Rozas de Madrid, a 29 de enero de 2014.—El concejal de Hacienda y Régimen Interior, PD (decreto 1681/2013, de 7 de junio), José Luis Álvarez de Francisco.

(02/651/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140203-64