Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
06-02-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140206-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Planeamiento

Subdirección General de Actuaciones Urbanas

Departamento de Protección

33
Plan Especial mejora paseo del Prado

El Ayuntamiento Pleno, en su sesión de 29 de enero de 2014, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Desestimar la alegación presentada por don Marcos Sanz Agüero, concejal del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los motivos señalados en el informe de la Dirección General de Planeamiento, de 9 de diciembre de 2013.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para la mejora de las condiciones de ordenación del inmueble sito en el paseo del Prado, número 30, Distrito de Centro, promovido por el Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo, con las modificaciones introducidas en el documento tras el trámite de información pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la citada Ley 9/2001».

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio recibió, con fecha 31 de enero de 2014, una copia del expediente del Plan Especial aprobado; asimismo, y a efectos de lo establecido por el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se significa que el Plan Especial para la mejora de las condiciones de ordenación del inmueble sito en el paseo del Prado número 30, Distrito de Centro, no contiene Normas Urbanísticas.

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, en relación con el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.

Madrid, a 31 de enero de 2014.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(01/370/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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