Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
06-02-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140206-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 70

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Procedimiento ordinario 377 de 2011

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 377 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia número 224 de 2011

En Madrid, a 19 de septiembre de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora doña Hortensia Domingo de la Fuente, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 70 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 377 de 2011, seguidos a instancias de la procuradora doña Encarnación Alonso León, en nombre y representación de la entidad mercantil “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, Entidad Financiera de Crédito”, del “Grupo Caja de Madrid”, y asistida por la letrada doña María Paz Jiménez Gramage, contra la entidad “Carpas e Infraestructuras Hermanos Torralba, Sociedad Limitada Unipersonal”, declarada en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimo la demanda formulada por la procuradora doña Encarnación Alonso León, en nombre y representación de la entidad mercantil “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, Entidad Financiera de Crédito”, del “Grupo Caja de Madrid”, contra “Carpas e Infraestructuras Hermanos Torralba, Sociedad Limitada Unipersonal”, con los siguientes pronunciamientos:

1. Declaro resuelto el contrato de arrendamiento financiero suscrito entre las partes, que se describe en el hecho primero de este escrito.

2. Declaro que el bien arrendado (descrito en el hecho primero) pertenece en pleno dominio a “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, Entidad Financiera de Crédito”, condenando a la parte demandada a poner dicho bien a la libre disposición de la propiedad.

3. Condeno a la parte demandada a que abone a la demandante la cantidad de 6.705,40 euros, importe de las rentas impagadas desde la correspondiente al mes de febrero de 2010 hasta la fecha de la demanda, más los intereses pactados.

4. Condeno a la demandada al pago de una cantidad igual al importe de la última cuota del contrato vencida, excluido el impuesto indirecto (444,65 euros), por cada mes o fracción de mes que transcurra entre la fecha de la demanda y la de la efectiva devolución de los bienes a la arrendadora financiera, más los intereses pactados.

5. Coneno a la demandada al pago de una cantidad igual al 10 por 100 de las cuotas no vencidas en el momento de la entrega de los bienes.

6. Condeno a la demandada al pago de las costas del juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que contra la misma cabe preparar recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano judicial un depósito de 50 euros.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma y se expide certificación literal de la misma para su unión a autos.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Carpas e Infraestructuras Hermanos Torralba, Sociedad Limitada Unipersonal”, la sentencia de fecha 19 de septiembre de 2011.

En Madrid, a 7 de octubre de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/444/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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