Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140219-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

160
Ejecución 30 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 30 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Rojas Escudero, frente a “Fullflow Sistemas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 13 de enero de 2014.—Vistos los preceptos mencionados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que desestimando el recurso de reposición interpuesto el día 30 de mayo de 2013, se confirma el auto de fecha 5 de septiembre de 2013, y en cuanto a la petición de ampliación de la ejecución la petición formulada por la parte actora don Rafael Rojas Escudero de ampliar la demanda contra “Fullflow Limited International”, e “Instalaciones de Tubos Galaxytub, Sociedad Limitada”, se desestima la misma, se absuelve a “Fullflow Limited International”, e “Instalaciones de Tubos Galaxytub, Sociedad Limitada”, de las pretensiones deducidas en su contra. Prosíganse las actuaciones en el trámite de ejecución correspondiente contra “Fullflow Sistemas, Sociedad Limitada”, y se le tiene por desistido de su acción contra “Fullflow Group Limited”.

Modo de impugnación: mediante recurso de suplicación, ante este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Fernando Lisbona Laguna.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Fullflow Sistemas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.985/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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