Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-02-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140220-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 4

164
Procedimiento oficio 870 de 2013

EDICTO

Doña María del Carmen Ortiz Garrido, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento oficio autoridad laboral número 870 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia, contra la empresa “Chequeprofe, Sociedad Limitada”, Aliaksandra Txvetkova y Xiaogi Zhan, sobre procedimiento oficio, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

Admitir la demanda presentada uniendo el escrito de la parte actora de 17 de enero de 2014.

Señalar el día 11 de mayo de 2016, a las diez y diez horas de su mañana, para la celebración del acto de juicio, acto que se celebrará en la Sala de audiencias número 4.

Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de juicio, podrá el magistrado-juez tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado, no impedirá la celebración de los actos de juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

Sin que lo acordado signifique la admisión de dicha prueba, ya que las mismas deberán ser propuestas en forma en el propio acto de juicio y, en su caso, el juez acordar su admisión (artículo 87 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Que se remita por la entidad gestora o servicio común que corresponda el expediente original o copia del mismo o de las actuaciones y, en su caso, informa de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda en el plazo de diez días (artículo 142 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese a las partes con entrega de copia de la presente resolución y de la demanda, y a las demandadas por medio de edictos ad cautelam, sirviendo la misma de cédula de citación en forma para los referidos actos de conciliación y juicio, así como, en su caso, para la prueba de interrogatorio de parte y el requerimiento acordado para aportar documentos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo acuerda y firma.—La secretaria judicial.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Chequeprofe, Sociedad Limitada”, Aliaksandra Tsvetkova y Xiaogi Zhan, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Murcia, a 29 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.224/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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